Abogados Herencias En Fuenlabrada
Abogados expertos en herencias y testamentos
Como abogados expertos en herencias nos encargamos de cualquier asunto relacionado con la sucesión hereditaria, es decir, con todo lo que implica una sucesión universal de una o varias personas como herederos. El sucesor es el heredero del conjunto de derechos transmisibles por herencia y por tanto hereda en bloque los derechos y deberes del causante.
Además, cuando hablamos de herencia también nos referimos al conjunto o masa de bienes (tanto el activo como el pasivo) y relaciones patrimoniales que son objeto de la sucesión. Como recoge de modo indirecto la dicción del art. 659 del mismo cuerpo legal, “la herencia comprende todos los bienes, derechos y obligaciones de una persona, que no se extingan por su muerte.”
Una de las primeras causas de problemas en las relaciones familiares en nuestro país son a causa de las herencias.
Déjate asesorar por los abogados expertos en herencias para saber lo que te corresponde legalmente y no cometer errores de los que luego arrepentirte.
El Derecho de Sucesiones
La regulación de qué pasa con los bienes, derechos y obligaciones cuando alguien muere, es lo que conocemos como Derecho de sucesiones. Éste es uno de los derechos más antiguos, que reconocen todos los países bien en su legislación o en sus usos consuetudinarios.
Las sucesiones están reguladas en el Libro Tercero del Código Civil, dentro de los diferentes modos de adquirir la propiedad. En el art. 657, el primero del Capítulo tercero sobre las disposiciones generales de las sucesiones fija como momento inicial de los derechos a la sucesión de una persona el momento de su muerte.
Las personas tanto físicas como jurídicas, que podrán ser sucesores, herederos o legatarios, serán todas aquellas que no estén incapacitadas por ley.
Existen, según el art. 658 del C.C. dos formas de ordenar la sucesión: mediante la voluntad del hombre manifestada en testamento y a falta de éste por disposición legal, llamándose la primera sucesión testamentaria y la segunda sucesión legítima. Téngase en cuenta, además, que el Código permite que se compaginen ambos tipos de sucesión, que parte sea por voluntad del hombre y parte sea por disposición de la Ley.
Conforme al art. 913 del C.C., cuando una persona fallece sin herederos testamentarios, la ley ordena que la herencia se destine a los parientes del difunto, al viudo o viuda y por último al Estado.
¿Qué es la Herencia?
El concepto legal de «Herencia» aparece en el art. 659 del C.C., de donde se desprende que se comprenden en la herencia no sólo los bienes y demás derechos, sino también las obligaciones. De esta forma, al identificarse la herencia con el patrimonio del causante, esta comprende la universalidad de los bienes, derechos y obligaciones que son objeto de sucesión, excluyéndose los derechos intransmisibles y aquellos que se extingan por la muerte.
Así, la herencia equivale a la sucesión hereditaria de tipo universal. Parece seguir este significado el art. 660 Código Civil, que dice: “Llámese heredero al que sucede a título universal, y legatario al que sucede a título particular.”
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En Belo Silva Abogados somos especialistas en esta materia. No dudes en contactarnos si necesitas abogados expertos en herencias en Fuenlabrada.
Partido Judicial de Fuenlabrada
El 21 de noviembre de 1985 se inauguró la primera comisaría de Policía Nacional de Fuenlabrada, mientras que en mayo de 1998 se aprobó la construcción de los nuevos juzgados. Estos nuevos juzgados empezaron a funcionar en mayo de 2003.
Hoy en día, Fuenlabrada cuenta con dotaciones como la Iglesia de San Esteban, construida en el siglo XIV; la Universidad Rey Juan Carlos, el centro cultural Tomás y Valiente, y un hospital público.
El partido judicial de Fuenlabrada abarca los municipios de Fuenlabrada y Humanes de Madrid. Además, cuenta con un Servicio Común de Actos de Notificación y Ejecución dirigido por el secretario Judicial del Juzgado Decano.
En Fuenlabrada, los juzgados han sido atendidos por Magistrados desde su creación. En 1993, había un juez por cada 32.763 habitantes, pero en 2003, la ratio mejoró a un juez por cada 22.189 habitantes.
Se encuentran en la Calle Rumanía 2, 28943 Fuenlabrada (Madrid)23. Para obtener más información, puedes visitar el sitio web del Ministerio de Justicia o el portal informativo de la Comunidad de Madrid.
Direcciones Útiles en Fuenlabrada
- Juzgado de Primera Instancia nº 1 até nº7: C/ Rumanía, 2, 28943 Fuenlabrada. Tel. 91 558 00 30
- Juzgado de Instrucción nº 1 hasta nº6: C/ Rumanía, 2, 28943 Fuenlabrada. Tel. 91 558 00 32
- Ayuntamiento de Fuenlabrada: Plaza de la Constitución, 1, 28943 Fuenlabrada, Madrid. Tel. 916 49 70 00
- Comisaría de Policía de Fuenlabrada: C. de los Ángeles, 9, 28944 Fuenlabrada. Tel. 913 22 38 00
- Hospital Universitario de Fuenlabrada
- Administración de Hacienda: C. Luis Sauquillo, 44, 28944 Fuenlabrada. Tel. 912 90 13 40
- Administración nº 25 de la Tesorería General de la S.S.: C. de Portugal, 33, 28943 Fuenlabrada. Tel.
- Registro Civil: C. Rumanía, 2, 28943 Fuenlabrada. Tel. 915 58 01 43
- Registro de la Propiedad Nº 04: Plaza de la Constitución, 2 y 3 Pl. 1ª, ofic. 4 Pza. de la Constitución, 2 y 3, pl. 1ª, ofic. 4 Pza. de la Constitución, 2 y 3, pl. 1ª, ofic. 4, 28943 Fuenlabrada. Tel. 916 15 52 95
- Servicio Común Notificaciones Y Embargos: C. Rumanía, 28943 Fuenlabrada. Tel. 915 58 01 23
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