Cuando finaliza una relación laboral bien sea por despido, finalización de contrato, baja voluntaria o cualquier otro motivo, el trabajador tiene derecho a cobrar un finiquito o indemnización por despido, el cual le debe ser entregado al momento que se extingue la relación laboral.
La empresa está obligada por ley a incluir en el finiquito las remuneraciones que corresponden al trabajador y que todavía no ha percibido en la fecha de despido o finalización de la relación laboral, en ciertos casos deberá incluir también una indemnización.
¿Qué debe incluir el finiquito?
La totalidad del finiquito va a depender de la estructura salarial y del convenio colectivo que ampare al trabajador. No obstante, por norma general el empleador debe incluir las siguientes 6 remuneraciones:
- Salario correspondiente a los días trabajados, después de la última nómina recibida por el trabajador antes de la finalización de la relación laboral.
- Pagas extraordinarias (parte proporcional) que no se hayan abonado al trabajador.
- Vacaciones no disfrutadas, parte proporcional de vacaciones de los días trabajados del año en curso, que el trabajador no haya disfrutado.
- Las horas extras trabajadas que no hayan sido cobradas por el trabajador.
- Otras cantidades pendientes de pago acordadas en el contrato como pagas de beneficios, primas de productividad o pluses.
- Indemnización: cuando la relación laboral se extingue por despido, si el despido es disciplinario procedente el trabajador no tiene derecho a indemnización, en otros casos sí:
- Despido improcedente: la indemnización es de 33 días por año de servicio, los trabajadores cuya relación de trabajo sea anterior a febrero de 2012, recibirán una indemnización de 45 días por cada año de servicio anterior a la mencionada fecha. El tope para la indemnización es de 24 mensualidades, a excepción a la generada antes de febrero de 2012 cuyo tope es 42 mensualidades.
- Despido objetivo: La indemnización es de 20 días por año de servicio, con un tope de 1 anualidad.
Es importante mencionar que en caso de que la empresa haya adelantado al trabajador alguna cuantía puede descontarla del finiquito.
Cómo calcular finiquito
Para calcular el finiquito se deben sumar los 6 elementos mencionados, veamos cómo realizar el cálculo de cada uno de ellos, para obtener el finiquito:
1. Días de salario correspondientes al último mes trabajado:
Se debe considerar los últimos días trabajados y cotizados, se calcula multiplicando el sueldo diario por el número de días trabajado, luego de haber cobrado la última nómina. Para calcular el sueldo diario se toma la última mensualidad cobrada por el trabajador antes de la finalización de la relación laboral y se divide entre 30.
Ejemplo:
El trabajador cobra 1.500 euros al mes y finalizó la relación laboral el día 15 de septiembre, el sueldo diario es 1.500€/30 días = 50,00€/día. Los días de salario del último mes 15 x 50,00 € = 750€.
2. Vacaciones no disfrutadas:
Para calcular las vacaciones no disfrutadas por el trabajador se debe conocer el número de días de vacaciones al año que tiene derecho a disfrutar de acuerdo al contrato o convenio. Generalmente, un trabajador dispone de 30 días de vacaciones al año.
Ejemplo:
La relación laboral culminó el día 15 de septiembre, lo que indica que el trabajador laboró 8 meses y 15 días durante el año en curso., lo que equivale a 258 días. Si en un año (360) días tienen derecho a 30 días de vacaciones, al 15 de septiembre el trabajador tiene derecho a 21,5 días de vacaciones.
En caso de que el trabajador no haya disfrutado de días de vacaciones durante el año, la empresa deberá abonar los 21,5 días de vacaciones, si el trabajador ha disfrutado de algunos días de vacaciones la empresa deberá descontarlos de los días a que tiene derecho. Supongamos que el trabajador no ha disfrutado de días de vacaciones, por lo que le corresponde 21,5 x 50,00 € = 1.075€.
3. Pagas Extraordinarias:
Las pagas extraordinarias por lo general se generan en temporadas específicas del año como la navidad y el verano, se trata de periodos de 6 meses, a menos que en el contrato colectivo se estipule otro tipo de retribución.
El cálculo de pagas extraordinarias es similar al de vacaciones, pero se toma como referencia los días transcurridos desde que el trabajador cobró el último pago extra.
Ejemplo:
El trabajador recibe 1600 euros de paga extra por Navidad, recibió un pago de 800 euros el 30 de junio., es decir, 1.600€/182,5 días (6 meses) = 8,76€ al día. Como la relación laboral culminó el 15 de septiembre han transcurrido 77 días, el monto de pagas extras sería: 77 x 8,76€= 674,52€.
4. Cálculo Total de Finiquito:
Para conocer la cuantía total del finiquito que debe recibir el trabajador hay que sumar las cantidades obtenidas. Siguiendo con los ejemplos anteriores:
Finiquito = 750€ (días de salario del último mes trabajado) + 1.075€. (vacaciones no disfrutadas) + 674,52€ (parte proporcional pagas extras) = 2.499,50€.
Finalmente hay que considerar que la totalidad del finiquito hay que restar las cotizaciones del trabajador a la Seguridad Social y las retenciones a cuenta del IRPF.
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